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jueves, 13 de marzo de 2025

Singularidad y atribuciones de la ley general de ciencia

 

Alejandro Canales

UNAM-IISUE/PUEES

@canalesa99.bsky.social

 

(Publicado en Campus Milenio No. 1083. Marzo 13, 2025, pág. 4)

 

Los nuevos lineamientos de los programas en marcha de la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación (Secihti) muestran la relativa ambigüedad del marco normativo, así como su flexibilidad y el margen de maniobra de un periodo de gobierno a otro.

 

La semana pasada, la Secretaría emitió los nuevos reglamentos para becas y el Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores (SNII). También publicó los lineamientos para la operación del Sistema Nacional de Posgrados (SNP) y para los Programas Nacionales Estratégicos (Pronaces).

 

De hecho, se trata de los programas tradicionales y más importantes del sector. El financiamiento para proyectos y la asignación de becas de posgrado están en operación desde hace más de 50 años, mientras que el SNII cumplió el año pasado 40 años. En términos presupuestales, los tres programas suman casi tres cuartas partes de los recursos financieros que ejerce directamente la Secihti.

 

Lo sorprendente es la ambivalencia de la condición normativa del sector científico y tecnológico. Por una parte, como se recordará, en el periodo gubernamental anterior se promulgó una nueva ley general. Sin embargo, a la fecha, en la Corte, sigue pendiente una resolución sobre la constitucionalidad de esa ley. No hay ninguna certeza de si en algún momento se resolverá, porque en unos meses más, el sistema judicial cambiará completamente y la Corte ya no existirá como hoy la conocemos.

 

Por otra parte, la entidad rectora de la política sectorial dejó de ser un organismo descentralizado y se convirtió en una Secretaría de Estado. La ley general no se ha modificado y continúa refiriéndose al Consejo Nacional. El caso no tendría nada de particular, cabría suponer que donde la ley indica “Consejo”, ahora se refiere a la Secretaría.

 

Sin embargo, el asunto no es tan sencillo. Lo anotamos hace tiempo en este Acelerador de Partículas: las leyes generales establecen bases y criterios para todo el país, regulan las atribuciones y responsabilidades de la federación y de entidades federativas. En la jerarquía legal, las normas de orden general son superiores a las leyes federales, pues estas últimas solo aplican en el ámbito federal.

 

El caso es que la ley general de ciencia, aprobada en mayo del 2023, aunque tenía ese carácter, incluyó la definición, atribuciones, organización y funciones del Consejo Nacional (Título Quinto, artículos 62 y ss). El Consejo era un órgano descentralizado de la administración federal y, legislativamente, no hubo ningún impedimento ni reserva para añadirlo.

 

Seguramente, a la administración anterior le pareció una buena idea incluir en el cuerpo de la ley general lo referente al órgano federal, en buena medida porque la fuerza centrípeta del gobierno federal se mostró en diferentes ámbitos, incluido el legislativo. Vale la pena recordar que, antes de la aprobación de la citada ley, el Consejo Nacional tenía su propia ley orgánica, vigente desde el 2002.

 

Ahora, la entidad rectora de la política científica ya no es un órgano desconcentrado, se convirtió en una Secretaría de Estado. Las secretarías establecen su organización, funcionamiento y atribuciones a través de reglamentos interiores, no en leyes generales. La Secihti emitió su reglamento el pasado mes de enero (DOF 24.01.2025).

 

Entonces, ¿legislativamente es pertinente que los rasgos y funciones de una secretaría estén incluidos en la norma que establece bases de regulación para todo el país? Tal vez no se necesita ser especialista en materia legal para suponer que no es correcto. Los abogados y legisladores tendrán sus razones, pero parece indudable que, al menos, esa sería un imperativo para reformar ya mismo una ley general que todavía no alcanza su segundo año de vigencia.

 

Por lo pronto, el marco normativo del sector es lo que hay y, como lo reflejan los ordenamientos recientemente publicados, debe ceñirse a lo que establece la respectiva ley general.

 

Sin embargo, también es verdad que algunas normas son muy flexibles, no se aplican completamente o, sin más, se apartan del marco general. Y, precisamente, las reglas más próximas a los programas en curso, son las que establecen el margen de maniobra de la gestión. La administración anterior lo demostró con creces.

 

Las normas recientes sobre el SNII, los posgrados, las becas y los proyectos de investigación se ajustan a lo que señala la ley general, aunque algunas incluyen cambios relevantes. (Aquí las anotaremos en una próxima entrega). Si las evidencias muestran que algunas iniciativas, como el SNP y las becas, está produciendo efectos contrarios a los que se buscan. ¿No sería tiempo de aprovechar el margen de maniobra de las reglas o, incluso, de apresurar la reforma a la ley general? Sin duda.

 

Pie de página: La revista Nature (06.03.2025) informó que personal de los Institutos Nacionales de Salud (NIH, por sus siglas en inglés) recibió instrucciones para identificar y, potencialmente, cancelar subvenciones a proyectos sobre temáticas como transgénero, diversidad, equidad e inclusión (t.ly/R9HM1). El viento ha cambiado y viene del norte.

jueves, 28 de noviembre de 2024

El error, la nueva secretaría y los votos en particular

 

Alejandro Canales

UNAM-IISUE/PUEES

@canalesa99

 (Publicado en Campus Milenio No. 1070. Noviembre 28, pág. 4)

 

El Senado seguramente aprobará sin mayores contratiempos la reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF), que incluye la creación de la nueva Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación (Secihti). Al momento de escribir este texto, aún no se había realizado la sesión, pero estaba programada para esta misma semana.

 

Sin embargo, es posible que por un error de origen en la iniciativa --como lo señaló Javier Tejado Dondé (19.11.2024)--, y que no corrigieron ni los diputados ni las comisiones unidas de los senadores, el proyecto sea enmendado en el pleno del Senado. Así que retornará a la cámara baja y se demorará un poco más de lo previsto.

 

El error en el proyecto original está en el artículo 26, que enumera las entidades del poder ejecutivo federal encargadas de despachar los asuntos de orden administrativo --antes las refería como dependencias y ahora como secretarías--, y omite añadir a la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal como parte de esas entidades (pág.52-53). Lo grave es que la exclusión es atribuible a la propia Consejería, la instancia revisora y autorizada para enviar las iniciativas de ley de la presidencia.

 

Es probable que el error se subsane y la reforma quede lista antes de que concluya el año. De hecho, la senadora Cynthia López Castro, la legisladora que se pasó de las filas del PRI a las de Morena hace unas semanas, presentó un voto en particular para que el pleno del Senado corrija “la omisión realizada en la dictaminación y aprobación de las citadas comisiones” (Gaceta26.11.2024).

 

No obstante, el incidente, además de mostrar improvisación e indolencia en la elaboración de los proyectos de ley, también puede resultar útil para ilustrar las posiciones de los legisladores sobre la creación de la próxima secretaría de ciencia. Por ejemplo, el pasado 13 de noviembre, cuando los diputados aprobaron el proyecto, claramente se expresó una opinión favorable a la instauración de la nueva entidad, tanto del bloque gobernante como de los partidos opositores.

 

Si acaso, los legisladores de oposición expresaron reservas sobre el tema presupuestal y los posibles sesgos de la nueva secretaría. Por ejemplo, el diputado Miguel Ángel Sánchez Rivera de Movimiento Ciudadano anotó que “crear una secretaría sin un respaldo sólido de presupuesto y planificación puede dejarnos únicamente con buenas intenciones.

En el pasado, vimos como el Conacyt perdió fuerza y recursos y no podemos repetir los mismos errores” (13.11.2024).

 

Los diputados del PAN también expresaron su respaldo a la iniciativa, pero llamaron la atención sobre el descuido del sector y la centralización. Así lo manifestaron Fernando Torres Graciano y las diputadas Eva María Vásquez y Nancy Aracely Olguín Díaz, quienes exigieron que los apoyos se entreguen sin favoritismos. Por su parte, Asael Hernández Cerón afirmó que no tolerarían cualquier intento de centralización. Finalmente, la nueva secretaría quedó aprobada sin mayores dificultades.

 

En el Senado, previo a la sesión plenaria, el dictamen de las comisiones unidas fue favorable a la reforma a la LOAPF, pero 15 legisladores presentaron votos particulares. Más de la mitad de esos votos son de Morena y, como era previsible, son de respaldo a la iniciativa. Entre ellos están los votos de dos senadoras del mismo partido, Laura Itzel Castillo y María Martín Kantún que avalan la creación de la próxima secretaría.

 

Lo notable es que los votos de ambas senadoras comparten antecedentes idénticos, con seis consideraciones similares y el mismo número de páginas de voto razonado. Todo igual y aquí se pueden leer: t.ly/crvvN.

 

Por ejemplo, una de las consideraciones señala: “Los gobiernos neoliberales con la implementación de la estrategia de privatizar para mejorar las condiciones del país, generaron un retroceso en el avance tecnológico y científico del país, ya que los recursos públicos eran destinados para las investigaciones privadas, privilegiando a unos cuantos de poder tener acceso a la investigación tecnológica y científica”. Así está redactado.

 

En consecuencia, se anota en el voto, la creación de la secretaría garantiza el acceso a los conocimientos tecnológicos y científicos, así como la independencia en la materia y permitirá “llegar a ser una potencia mundial en el desarrollo científico y tecnológico”. Eso está anotado. Por lo tanto, finalizan, el voto particular resalta la necesidad de elevar la agenda del sector a nivel de secretaría “con la finalidad de lograr una coordinación efectiva con otras dependencias del gobierno”.

 

En fin, así los legisladores. Esperemos la aprobación final de la próxima entidad administrativa, su presupuesto y el reglamento interno que establecerá sus bases de funcionamiento.

 

Pie de página: Rosaura Ruiz, próxima titular de la nueva secretaría, dijo en la red social X: “Acudí en nombre de la Presidenta @claudiashein a recibir el premio de la Sustainability Nobel Trust, que le otorgan por su gran trabajo como ambientalista. Gran orgullo para mí, recibirlo en nombre de la primera Presidenta de nuestro país y la primera persona científica que dirige nuestro adorado México” (22.11.2024).

jueves, 23 de mayo de 2024

La ley en su laberinto

 

Alejandro Canales

UNAM-IISUE/PUEES

@canalesa99

 

(Publicado en Campus Milenio. No. 1044. Mayo 16, 2024. Pág. 4)

 

El asunto concluirá cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se pronuncie al respecto, pero la Corte tiene sobre el escritorio más de 300 acciones de inconstitucionalidad acumuladas que debe resolver y el expediente de la ley general de ciencia es uno más.

 

La situación es peculiar con la Ley General en Materia de Humanidades Ciencias, Tecnologías e Innovación (LGMHCTI): está vigente desde hace un año, pero la disputa sobre su validez constitucional persiste y todo parece cada vez más enredado. Unos festejan el aniversario, otros exhortan a resolver la impugnación y nada se resuelve.

 

Al inicio, el diseño de la ley ciencia parecía un trámite sencillo que solamente requería algo de capacidad técnica, sensibilidad y ciertas habilidades de operación política. Nada extraordinario. Sin embargo, de mayo de 2019 a diciembre del 2020, un lapso de un año y medio, no fue suficiente para tener lista ley. El periodo lo estableció un artículo transitorio de la reforma del artículo 3º constitucional del 2019, tanto para la ley de educación superior como para la de ciencia.

 

La Ley General de Educación Superior estuvo lista en tiempo y forma. Otro fue el caso con la ley de ciencia. Los conflictos entre autoridad y comunidad fueron recurrentes, las posturas se radicalizaron, el plazo se venció y no hubo ningún acuerdo sobre la nueva ley. Todavía más, se sumaron otros dos años y medio más para acordar la nueva ley, pero tampoco fue suficiente.

 

Al final quedó aprobado el proyecto de la autoridad sectorial y ese es el que está en vigor desde el 8 de mayo del 2023 (DOF 08.05.23). Sin embargo, la inconformidad no desapareció y es una ley que no tuvo ni tiene el consenso de la comunidad. Todavía peor, a la falta de respaldo se añadieron serias irregularidades en el proceso legislativo que llevó a su aprobación.

 

Aquí mismo dimos cuenta de lo que ocurrió en esa atropellada y extendida sesión del Congreso, justo al cierre del periodo de sesiones el año pasado (Campus 1008). De ahí se derivó la impugnación a la nueva ley y la acción de inconstitucionalidad que presentaron legisladores de oposición.

 

Sin embargo, un año después, la Corte no ha dicho nada. Hace dos semanas un despacho de abogados y miembros de la comunidad científica presentaron una excitativa a la SCJN, para “poner de nuevo en la agenda de la Suprema Corte la deliberación de si precisamente la ley es inconstitucional o constitucional” (Milenio 01.05.2024).

 

La autoridad, con independencia de lo que pudiera decir la Corte, organizó un foro para celebrar el primer aniversario de la nueva ley, según dijo, para “ahondar sobre las oportunidades y perspectivas a futuro que envuelven las políticas de humanidades, ciencias, tecnologías e innovación soberana para el bienestar (HCTI), fundamentadas en dicho marco jurídico que ubica a México a la vanguardia internacional en la materia” (Comunicado 526/2024).

 

En el foro también participó la presidenta de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, Rosario Piedra Ibarra, quien pasó a forar parte de la junta de gobierno del Conahcyt a raíz de lo que ahora dispone la nueva ley general de ciencia. Pidra Ibarra dijo, entre otros aspectos que la norma se presenta “ante la ausencia de políticas públicas efectivas para la promoción y ejercicio del dereho a la ciencia por y para el pueblo, y que han no se han superado por completo los retos de presencia de desinformación o de noticias falsas” (Comunicado 154/2024).

 

La Corte no ha declarado nada, ni sobre la reciente excitativa recibida ni sobre el año que ya transcurrió desde que le fue presentada la acción de inconsttiucionalidad. Incluso tampoco se dio por enterada cuando Santiago Creel, en agosto del año pasado, expresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, le solicitó que atendiera el expediente de la ley de ciencia con “carácter prioritario”.

 

El problema es que la Corte tiene 319 casos que resolver sobre acciones de inconstitucionalidad, el de la ley general de ciencia es el número 225 y no hay ninguna certeza de cuando podría hacerlo. La ley de ciencia forma parte de un paquete, pero si fuera por orden de presentación hay un centenar de expedientes antes y el de mayor antigüedad es uno del 2018 sobre límites territoriales entre Jalisco y Nayarit.

 

En fin, si la Corte se pronunciara en las próximas semanas o meses, lo más probable es que deba reponerse el proceso legislativo y seguramente no lo hará esta legislatura con su Comisión Permanente, sino la próxima legislatura a partir del mes de septiembre. ¿Qué harán los legisladores? Eso dependerá del laberinto de integración del próximo Congreso. Y la puerta de salida será uno de los resultados de las elecciones del mes próximo. Nada más y nada menos.

 

Pie de página: Mal inició esta semana: falleció el profesor Olac Fuentes Molinar, un referente indudable en el campo de la educación. Brillante, políticamente muy sagaz, incomparable su sentido del humor y formador de muchas generaciones, la mía entre ellas. Un verdadero maestro. Descanse en paz.

jueves, 18 de abril de 2024

La obligatoriedad educativa y el futuro de los jóvenes

 

Alejandro Canales

UNAM-IISUE/PUEES

@canalesa99

 

(Publicado en Campus Milenio. No. 1040. Abril 18, 2024. Pág. 4)

 

La reforma del artículo 3º constitucional de mayo del 2019 estableció la obligatoriedad y gratuidad de la educación superior. No ha sido fácil ni rápido llevar ese propósito a los principios constitucionales. Pero, con todo, eso ha sido lo menos complicado, lo más difícil es llevarlo al terreno de los hechos. Poco se avanzó en este periodo de gobierno y podría ocurrir que tampoco se logre en el siguiente.

 

Desde la Constitución de 1917 quedó establecida la gratuidad de la enseñanza primaria impartida en establecimientos oficiales (Artículo 3º, último párrafo). Pasaron más de 70 años para que se alcanzara su universalización y entonces se añadió la obligatoriedad y gratuidad del siguiente nivel, la educación secundaria. El decreto de reforma apareció el 5 de marzo de 1993, en el periodo de Carlos Salinas de Gortari (DOF. 05.031993)

 

La educación primaria y la secundaria han sido y son la base más amplia del sistema educativo nacional. Sin embargo, la siguiente reforma no fue hacia el siguiente peldaño, fue hacia atrás: en el 2002, con Vicente Fox, se decretó la obligatoriedad del preescolar (DOF 12.11.2002). Sí había preocupación por la escolarización de la primera infancia, pero era mayor el interés por el volumen de plazas magisteriales que se necesitarían para cumplir el compromiso.

 

La reforma de ese 2002, en artículo transitorio, estableció los plazos para completar la obligatoriedad del preescolar: para los niños de 5 años en el ciclo 2004-2005; para los de cuatro años en el 2005-2006; y para los de tres años sería hasta el 2008-2009. No obstante, todavía hoy, no se alcanza la universalización del preescolar. La tasa neta de escolarización para ese nivel es de alrededor del 64%; la menor atención es para los niños de tres años.

 

Luego, casi al final del periodo de Calderón Hinojosa, se sumó la obligatoriedad de la educación media superior en la Constitución. El decreto de reforma indicó que el cumplimiento sería gradual, iniciaría en el ciclo 2012-2013 y se lograría la cobertura total una década después, en el 2022-2023 (DOF 09.02.2012). O sea que para esta fecha ya debería ser una realidad. No lo es.

 

Roberto Rodríguez, en estas mismas páginas, la semana pasada, anotó que el compromiso con la educación media superior no se ha cumplido ni se está cerca de lograrlo. En efecto, la tasa neta de escolarización para el grupo de edad es de alrededor del 61%.

 

Finalmente, en el actual periodo de gobierno se añadió la obligatoriedad y gratuidad de la educación superior (DOF. 15.05.2019). La obligatoriedad de este nivel, precisó la misma reforma del artículo 3º en su fracción X, corresponde al Estado. Es decir, no es obligatoria para las familias de los jóvenes o para ellos mismos.

 

Además, la misma reforma previó que la federación y las entidades asignarían el presupuesto necesario para lograr la gratuidad y, además, aparte de los recursos ordinarios, dispuso la creación de un fondo federal especial para asegurar “a largo plazo los recursos económicos necesarios para garantizar la obligatoriedad… así como la plurianualidad de la infraestructura” (Décimo Quinto transitorio).

 

Sin embargo, el presupuesto para la educación superior apenas se ha sostenido en términos reales en el periodo. Y no, nada de instauración de un fondo especial para la obligatoriedad; tampoco se destinaron recursos adicionales por otros medios.

 

Entonces, una expansión sustantiva de la cobertura en la educación superior ya no se logrará en este periodo. Ni siquiera se alcanzará la meta de 50 por ciento en la tasa bruta de cobertura al finalizar el periodo. Una meta que el mismo gobierno se planteó en su programa sectorial.

 

Tal vez por eso la reciente declaración de una de las aspirantes a la presidencia ha tenido tanta resonancia en la educación superior. La candidata Claudia Sheinbaum, hasta el momento con mayor ventaja en las preferencias electorales, declaró que “Con respeto a la autonomía de las universidades (…), el aumento a la inversión en las universidades públicas tiene que, desde mi punto de vista, ir acompañado también de un proceso de austeridad republicana” (El Financiero 13.04.2024). ¿Un aumento con austeridad?

 

Habrá que esperar un mayor detalle de la propuesta, porque la austeridad republicana a menudo ha significado, lisa y llanamente, sostener los recursos en términos reales, cuando no una disminución indiscriminada en el presupuesto. Desde luego, las universidades están obligadas a cumplir cabalmente su función y deben rendir cuentas de los recursos públicos que reciben.

 

Pero también es verdad, y ya quedó constatado, que sin recursos financieros no es posible ampliar las oportunidades educativas, al menos las opciones verdaderas. Lo peor es que los más excluidos son los jóvenes más desfavorecidos.

 

Sería una lástima que una vez más el futuro de los jóvenes se difiera antes de iniciar el presente de un nuevo periodo de gobierno.

 

Pie de página: Las medidas del presidente argentino siguen causando una inconformidad creciente en el ámbito científico y académico. La Red Argentina de Carreras de Sociología emitió una declaración pública sobre lo que está ocurriendo, aquí se puede ver: t.ly/8ZjSF

jueves, 29 de febrero de 2024

Consejo Quintanarroense: presupuesto y Seguridad Ciudadana

 

Alejandro Canales

UNAM-IISUE/PUEES

@canalesa99

 

(Publicado en Campus Milenio. No. 1034. Febrero 29, 2024. Pág. 4)

 

Quintana Roo es la primera entidad en armonizar su ley de ciencia a lo que ahora dispone la ley general en la materia. Una armonización relativa en finalidades, organización, financiamiento e incluso en la integración de fuerzas de seguridad en su órgano de gobierno. Lo notable es que ese marco de referencia, la ley general, como lo hemos dicho aquí en repetidas ocasiones, enfrenta dos acciones de inconstitucionalidad y la Suprema Corte de Justicia aún no resuelve el caso.

 

El jueves 21 de febrero de la semana pasada, en la sesión del Congreso de Quintana Roo, la diputada secretaria, Mildred Concepción Ávila, dio lectura al dictamen de proyecto de ley para expedir de Ley de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación de la entidad (Versión estenográfica 21.02.2024). La iniciativa había sido enviada 15 días antes por la gobernadora María Elena Lezama Espinosa.

 

Seguramente es una estrategia política y deriva de una interpretación jurídica, los diputados y los abogados ya dirán lo que corresponde. Por lo pronto, los diputados de Quintana Roo, sin observación ninguna, con una votación de 23 a favor y cero en contra, aprobaron la citada ley.

 

Vale la pena recordar que la ley general de ciencia, la que debe orientar a las leyes estatales, entró en vigor el 8 de mayo del año pasado. Pero es un marco normativo impugnado e inestable. Al menos por ahora, no parece sensato tomarlo como marco de referencia.

 

Sin embargo, las entidades federativas tampoco pueden soslayar fácilmente lo que se indica en esa ley. El artículo ocho transitorio de la ley general dice que los estados tienen un año para armonizar las disposiciones legales y su respectiva ley de ciencia. El plazo comenzó a correr en mayo del 2023. O sea, su vencimiento ya está próximo.

 

No solamente es el factor tiempo, tal vez más importante es el contenido de la ley misma. Si la ley general de ciencia estableció lineamientos específicos sobre las finalidades del sector, un esquema de financiamiento o forma de integración de los órganos de gobierno de su Consejo, las entidades federativas deben seguir la misma pauta. La relevancia que tiene no es menor.

 

Por ejemplo, las disposiciones generales de la ley general de ciencia sobre fomento y financiamiento dicen que el Estado “proveerá de recursos y estímulos suficientes, oportunos y adecuados, conforme al principio constitucional de progresividad y no regresión” (artículo 29). Además, en el presupuesto de egresos, indica que el monto anual que se le destine al rubro no será “inferior a lo aprobado en el ejercicio inmediato anterior, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables” (artículo 30).

 

La ley de ciencia de Quintana Roo, en referencia a esas disposiciones, dice casi exactamente lo mismo sobre la provisión de recursos y estímulos suficientes (artículo 18). Sin embargo, no ocurre lo mismo respecto al monto previsto en el presupuesto. Ahí solamente señala que la cantidad se “sujetará a las disposiciones, directrices y requisitos que en la materia disponga la Secretaría de Finanzas y Planeación (Artículo 19). Es decir, la armonización respecto a la ley general es relativa, porque nada garantiza que el presupuesto sea estable o creciente.

 

Algo parecido ocurre con la composición de la Junta de Gobierno, tanto del Conahcyt como del Consejo Quintanarroense de Ciencia. La Junta, en ambos casos, es presidida por la persona titular de los organismos respectivos e integrada por funcionarios de primer nivel. En el Consejo Nacional, suman más de una veintena de personas, entre ellas una docena de secretarios de Estado, incluyendo el de Marina y de Defensa Nacional (artículos 68 y 69). En su momento, quedó registrada la polémica y el desacuerdo sobre la inclusión de fuerzas de seguridad en ese órgano de gobierno, pero así quedó en la ley general.

 

La norma de la entidad federativa recuperó el mismo sentido de inclusión: estableció que la Junta de Gobierno del Consejo Quintanarroense se integre por 17 personas, nueve personas titulares de secretarías y entre ellos está el de Seguridad Ciudadana. Tal vez la incorporación de esta última Secretaría se debe a que no existe un equivalente estatal de Marina y Defensa. Aunque no hubo una explicación de esa inclusión en la iniciativa de ley y nada se dijo en la sesión de Congreso. De hecho, sobre ese punto ningún legislador intervino; ni a favor ni en contra.

 

En fin, la ley estatal está aprobada por su Congreso, pero a la fecha todavía no se publica en el Diario Oficial de Quintana Roo. En estas circunstancias, antes de que avance más la armonización de las leyes estatales, conviene destacar la necesidad de que la corte resuelva lo conducente sobre las acciones de inconstitucionalidad de la ley general de ciencia. Y, como se podrá advertir, el marco de referencia para el conjunto de leyes estatales no es nada menor. 

 

Pie de página: La Fundación Nacional de Ciencias (NSF, por sus siglas en inglés) de los Estados Unidos planea, para el próximo mes de mayo, sugerir un cambio en uno de sus criterios para otorgar subvenciones a proyectos de investigación. Tal vez adopte como un criterio el de “beneficios sociales”. Atentos.

jueves, 8 de febrero de 2024

La ley y la profesionalización de los CPI

 

Alejandro Canales

UNAM-IISUE/PUEES

@canalesa99

 

(Publicado en la versión digital de Campus Milenio No. 1031. Febrero 8, 2024)

 

Las leyes aprobadas por el Congreso en abril del año pasado todavía siguen a la espera de la resolución de la Suprema Corte de Justicia para determinar su legalidad o no. La Ley General en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación (LGMHCTI) está entre esas leyes, pero de todas formas sigue aplicándose.

 

Lo más reciente es la emisión de las bases para la profesionalización del personal de los Centros Públicos de Investigación. El documento fue publicado esta semana en el Diario Oficial de la Federación (06.02.2024). Otras modificaciones también se han puesto en marcha en el sector, como la reorganización de los posgrados o el programa de becas.

 

El asunto es qué ocurrirá si la Corte declara que la ley general de ciencia es inválida. Usted seguramente recordará que, desde junio del año pasado, un mes después de la entrada en vigor de la ley, fueron promovidas dos acciones de inconstitucionalidad sobre esa norma por partidos de oposición.

 

Los expedientes están en la mesa de la Suprema Corte de Justicia, pero no hay plazo para que resuelva lo conducente. El problema es la situación en la que hemos quedado: por un lado, la autoridad del sector estima que la ley general le permite tomar decisiones y modificar el sector conforme sus planes; por otro lado, los que impugnan esa misma ley, sostienen que la autoridad más bien está impedida de realizar cualquier proceso administrativo de ahí derivado.

 

Las posiciones han llegado a los tribunales y el litigio continúa, entre amparos, impugnaciones y suspensiones judiciales de la ley (provisionales y definitivas). Así seguiremos hasta que no resuelva de fondo la Suprema Corte y estamos ante un proceso legal complejo, sobre el que ya no se habla mucho, pero que está cada vez más abigarrado y no satisface a nadie.

 

Lo hemos reiterado en este mismo espacio: lo más probable es que la Corte resuelva la invalidez de la ley de ciencia y el Congreso tendrá que reponer el proceso. Sin embargo, es difícil anticipar cómo y cuándo ocurrirá. Por lo pronto, la Junta de Gobierno del Conahcyt, haciendo uso de las facultades que le confiere la ley, emitió las bases de profesionalización para el personal de los Centros Públicos de Investigación (CPI).

 

La Junta de Gobierno es, ahora, la instancia máxima de gobierno y administración del sector. La preside la persona titular del Conahcyt y participan una veintena de personas con voz y voto: 14 subsecretarías de Estado como titulares de la representación (directores generales como suplentes) y ocho representantes de los sectores social y privado.

 

Las facultades de la Junta son amplias y variadas, entre ellas está la de aprobar las normas que sugiera la persona titular del Conahcyt. Además, la misma ley, expresamente, en su artículo 80, estableció que la misma instancia debía emitir, también a propuesta de la directora del Conahcyt, el Reglamento General del Sistema Nacional de Centros Públicos y las Bases Generales para la Profesionalización del Personal de los Centros Públicos.

 

El reglamento fue publicado el 7 de julio del año pasado (DOF 07.11.2023) y estableció los principios de regulación de los CPI, principalmente las funciones de su Consejo General de Articulación. Un órgano, para variar, también presidido por la persona titular del Conahcyt e integrado por todas las personas titulares de los CPI.

 

Las bases de profesionalización, las publicadas recientemente, fundamentalmente son lineamientos para regular la carrera académica tanto del personal de investigación como del personal técnico y administrativo, por lo que identifica figuras, categorías y niveles, así como los criterios de ingreso y promoción. Algo necesario ante la hetrogeneidad de los Centros Públicos

 

El documento define la profesionalización como: “Procesos institucionales destinados a garantizar la estabilidad laboral del personal de los Centros Públicos y dar certidumbre al desarrollo de su carrera dentro de la institución y el Sistema Nacional de Centros Públicos por medio de mecanismos claros de promoción laboral, renovación, movilidad y reconocimiento al desempeño” (Fracción XVI del artículo 3).

 

En fin, se podrá estar de acuerdo o, por el contrario, en franca oposición a la reglamentación derivada de la ley general o a la misma ley. Lo grave es la inestabilidad normativa provocada, la judicialización de un proceso sobre el que bien se pudo llegar a un consenso y el manto incertidumbre que se ha extendido en el sector.

 

Pie de página: En la página de la Conamer se publicó el pasado 2 de febrero el aviso del Código de Conducta del Conahcyt, un código para los servidores públicos del organismo, así que lo más seguro es que en breve se marque su entrada en vigor.// El programa Cátedras Conahcyt, ahora con otro nombre, cumple en este año su primera década y la firma de convenios está en suspenso.// Los científicos argentinos agrupados en el Conicet se movilizan en protesta por las medidas del nuevo gobierno.