Alejandro Canales
UNAM-IISUE/PUEES
@canalesa99
(Publicado en la versión digital de Campus Milenio No. 1057. Agosto 15, 2024)
Tal vez es una demora propia de la indolencia y las rutinas burocráticas del ejercicio gubernamental. O quizás se deba a una saturación de modificaciones que sobrepasan las capacidades administrativas de las instancias de gobierno. También puede ser una mezcla de ambas. Pero, sobre todo, es una expresión de la velocidad de los cambios en el marco normativo.
El Congreso del estado de Hidalgo ya aprobó la nueva ley de ciencia, pero no está disponible la sesión en la que se aprobó. La norma tampoco ha sido publicada en el órgano oficial y, por tanto, no está vigente. La entidad apenas publicó la reforma a su Constitución que tiene que ver con el nuevo marco normativo y una modificación a su ley de ciencia anterior.
Vayamos por partes. A nivel nacional, la reforma del artículo 3º constitucional de mayo del 2019, seguramente usted lo recuerda, estableció nuevos lineamientos para la educación y para la actividad científica y tecnológica. En consecuencia, si el máximo ordenamiento se reforma, las entidades federativas deben adecuar sus respectivas constituciones locales.
Un artículo transitorio de la misma reforma de 2019 indicó que “Las legislaturas de los Estados, en el ámbito de su competencia, tendrán el plazo de un año para armonizar el marco jurídico en la materia, conforme a este Decreto”. El plazo se cumplió en mayo del 2020, pero en Hidalgo, en materia educativa, los cambios quedaron oficialmente registrados en marzo del año pasado. Es decir, una demora de casi tres años.
Los legisladores hidalguenses no solamente se demoraron, tampoco hicieron todos los cambios que debían. Al menos no lo hicieron en lo que se refiere a la ciencia y la tecnología. Conservaron el planteamiento que había desde el 2013: la entidad apoyará las actividades para posibilitar la competitividad e incorporar a sus habitantes a la sociedad del conocimiento.
Apenas, la semana pasada, el periódico oficial del estado publicó la adecuación prevista. Añadió un párrafo al artículo 8 Bis de la Constitución de la entidad para indicar lo mismo que establece la fracción V de la Carta Magna, todo en los mismos términos: el derecho a gozar de los beneficios de la ciencia y la tecnología, el respaldo a las actividades, la garantía de acceso abierto a la información derivada y la difusión de la cultura (POE. 16.08.2024).
O sea, la armonización local en materia científica y tecnológica llegó más de cuatro años después de cuando debía; todavía más dilatada que la referida a educación. Luego, en la misma edición reciente del periódico oficial estatal que publica la adecuación, también está una reforma a la ley de ciencia, específicamente un cambio en materia de difusión y divulgación. Pero se refiere a la norma que está vigente, misma que pronto dejará de serlo porque los legisladores ya aprobaron una nueva ley.
¿Tiene sentido modificar una ley que será derogada? No, definitivamente. Sin embargo, se entiende que las reformas aprobadas por los legisladores, sean las que sean, deben seguir el cauce legal que corresponde, por eso es uno de los poderes de la República. Si el pleno aprueba una reforma o una iniciativa de ley, debe remitirse al ejecutivo, federal o estatal, para que éste, a su vez, las publique en el periódico oficial y entren en vigor.
Claro, el ejecutivo tiene poder de veto y puede no publicar una ley, salvo en las reformas constitucionales. El mecanismo tiene que ver con los pesos y contrapesos entre los poderes de la Unión y también con la integración del legislativo. Los procedimientos son muy distintos en un Congreso con mayoría o sin ella. De ahí que la distribución de legisladores siempre sea un tema a debate.
El asunto es que hace una semana quedó reformada la ley de ciencia vigente en Hidalgo y, al mismo tiempo, desde el pasado 16 de agosto su Congreso aprobó la nueva Ley de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación del estado (Campus No. 1054). Esta última todavía no se publica oficialmente y cuando lo esté, lo más probable es que deba ser sustituida.
A nivel federal, a partir del próximo mes de octubre, si los planes del nuevo gobierno siguen su marcha, la nueva Secretaría de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación sustituirá al vigente Conahcyt. Y sí, nuevamente cambiará la ley general en la materia y, por tanto, las adecuaciones normativas en las entidades federativas. Además, como se sabe, falta la resolución de la Suprema Corte sobre las controversias a la ley general.
En fin, el caso de Hidalgo ejemplifica la doble velocidad de los cambios normativos: una es la del gobierno federal y otra la de las entidades federativas. Otra velocidad más es la relativa facilidad para cambiar o no el marco normativo. Sin embargo, lo más relevante será la distancia entre ese marco y lo que ocurre en la realidad real. Ahí están las evidencias.
Pie de página: Ya está inscrita en letras doradas, en el Muro de Honor del Senado, la leyenda “Universidad Nacional Autónoma de México. Por mi raza hablará el espíritu”. Lo que está por verse es el trato que tendrá en la institución en la próxima legislatura.
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