El decreto apareció la semana
pasada, pero la iniciativa de reformar la Ley de Ciencia y Tecnología (LCyT) en
materia de equidad de género se presentó hace dos años. Un lapso relativamente
breve si se considera el estándar de los legisladores.
En mayo de 2011, la entonces diputada María del Pilar
Torre, integrante del Partido Nueva Alianza, presentó el proyecto para integrar
el concepto de equidad de género en la LCyT y establecer condiciones de
igualdad y representación equitativa entre hombres y mujeres.
La controvertida diputada Torre, para fundamentar su
iniciativa, señaló la serie de obstáculos y dificultades que enfrentan las
mujeres en su vida profesional, debidos tanto modelos como a prácticas institucionales.
Argumentó la persistencia de contextos de discriminación salarial y laboral,
menores salarios para mujeres y asignación de posiciones ocupacionales de menor
jerarquía en el sistema de ciencia y tecnología.
La propuesta original de la diputada aliancista
proponía modificar seis artículos de la LCyT. No obstante, en comisiones
dictaminadoras solamente juzgaron como relevantes los cambios en los artículos
2, 12, 14 y 42, mientras que los referidos a los artículos 6 y 13 los
calificaron como incongruentes, poco consistentes o carentes funcionalidad.
El artículo 6 de la LCyT es el que establece las
facultades del Consejo General de Investigación Científica, Desarrollo
Tecnológico e Innovación. Este Consejo, como se sabe, es el máximo órgano de
gobierno del sistema, presidido por el ejecutivo federal y en el que participan
secretarios de Estado, investigadores y representantes empresariales. Un alto
nivel que, precisamente, le ha impedido ser funcional.
La diputada Torre sugería añadir el concepto de
“equidad de género” en la fracción VI del artículo 6. La fracción, en su
formulación original, indica que al Consejo le corresponde “aprobar y formular
propuestas de políticas y mecanismos de apoyo a la ciencia, la tecnología y la
innovación en materia de estímulos fiscales y financieros, facilidades
administrativas, de comercio exterior, metrología, normalización, evaluación de
la conformidad y régimen de propiedad intelectual”.
La comisión dictaminadora juzgó que incluir el concepto de “equidad de
género” en tal apartado, “no tendría congruencia y serían inconsistentes con el
contenido plasmado en esta fracción” (sic) (Gaceta
Parlamentaria. Núm. 3352-III. 22/09/2011). En todo caso, indicó el dictamen, es
indudable la importancia del concepto, pero lo conveniente sería añadir una
nueva fracción. Pero no la propuso.
A su vez, el artículo 13 establece las disposiciones
generales sobre los instrumentos de apoyo a la investigación científica y el
desarrollo tecnológico. La diputada Torre proponía añadir una nueva fracción
para especificar como una disposición más: “Promover en concordancia con la Política
Nacional en Materia de Igualdad, las políticas, programas, presupuestos e
instrumentos necesarios en materia de investigación científica, desarrollo
tecnológico e innovación para eliminar las brechas y desventajas de género.”
No obstante, el dictamen consideró que incluir la Política Nacional en
Materia de Igualdad como un instrumento de apoyo al desarrollo científico,
tecnológico y de innovación carecía de funcionalidad. También lo desechó.
Finalmente, los cambios que recibieron una valoración positiva fueron
añadir una fracción más al artículo 2, el cual establece las bases de la
política de Estado, para especificar que también se promoverá “la inclusión de la
perspectiva de género con una visión transversal en la ciencia, la tecnología y
la innovación, así como una participación equitativa de mujeres y hombres en
todos los ámbitos del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación”.
Otra modificación a la fracción V del artículo 12 para precisar que las
políticas, instrumentos y criterios de apoyo del gobierno federal incentivarán
“una participación equilibrada y sin discriminación entre mujeres y hombres”.
Un párrafo añadido al artículo 14 en el que se establece que “En la medida de lo
posible, el sistema deberá incluir información de manera diferenciada entre
mujeres y hombres a fin de que se pueda medir el impacto y la incidencia de las
políticas y programas” y un cambio más en el primer párrafo del artículo 42 que
ahora indica que el apoyo del gobierno federal será en “en igualdad de
oportunidades y acceso entre mujeres y hombres”.
Sin duda, los
cambios a la legislación son positivos. Ahora solamente falta cumplir lo que
dice la ley. Nada menos.
(Publicado en Campus Milenio No 514. Junio 13, 2013, p. 9)
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