¿Beneficios de las sanciones electorales para las
entidades federativas?
Alejandro
Canales
UNAM-IISUE/SES
Twitter:
@canalesa99
Hace
un año quedó aprobada la reforma político electoral. Ahí también quedó una
nueva disposición que precisa el destino de las sanciones monetarias a los
partidos políticos y que no solamente dice que serán para CONACYT, como ya lo
establecían desde hace una década los decretos anuales del Prepuesto de Egresos
de la Federación (PEF).
Efectivamente,
después de tensas negociaciones y múltiples intercambios entre los actores
políticos, los legisladores aprobaron en mayo de 2014 la más reciente reforma
político electoral, esa que le cambió el nombre al ahora Instituto Nacional
Electoral (INE) y estableció diversas disposiciones para la regulación de
nuestra vida política y electoral.
Fuente: www.ine.mx
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Aunque
los legisladores generalmente sólo se miran en el espejo de las posiciones
políticas y los beneficios de sus respectivas fracciones --cuando no solamente
personales--, algunas veces parece que también se acuerdan que son
representantes de elección popular y su tarea es legislar en beneficio de la
Nación.
En la
reforma del año pasado, por principio de cuentas, quedó establecida la
reelección legislativa para diputados y senadores, también elevaron a rango
constitucional el requisito de tres por ciento de votación válida para que un
partido pueda mantener su registro e introdujeron lo de las coaliciones
flexibles y parciales entre partidos.
Fuente: fuerza.com.mx
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También
incluyeron la cuota de género como mandato constitucional, por lo que en
adelante se supone que los partidos políticos tienen la obligación de
garantizar que sus listas de elección deben estar integradas con el 50 por
ciento de hombres y el 50 por ciento de mujeres.
Además,
lo que tiene mayor importancia sobre la distribución del presupuesto para la
actividad científica y tecnológica, es que la “Ley general de instituciones y procedimientos
electorales” (LEGIPE), producto de la reforma política y que sustituyo al
anterior COFIPE, en la última fracción del artículo 458 del capítulo “De los
sujetos, conductas sancionables y sanciones”, precisó a dónde se canalizarían
los recursos financieros derivados de las sanciones a partidos.
Esto
es, la fracción 8 del artículo 458 establece: Los recursos obtenidos por la aplicación de sanciones económicas
derivadas de infracciones cometidas por los sujetos del régimen sancionador
electoral considerados en este Libro Octavo, serán destinados al Consejo
Nacional de Ciencia y Tecnología en los términos de las disposiciones
aplicables, cuando sean impuestas por las autoridades federales, y a los
organismos estatales encargados de la promoción, fomento y desarrollo de la
ciencia, tecnología e innovación cuando sean impuestas por las autoridades
locales. (DOF. 23.05.2014)
La
idea de trasladar los recursos financieros a la actividad científica, producto
del castigo a los partidos políticos, fue de un legislador del entonces partido
Convergencia en la discusión del presupuesto en el 2004 y debió aplicarse en el
ejercicio fiscal del año siguiente.
Fuente: www3.diputados.gob.mx
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Desde
entonces, no sin ciertas dificultades para hacer efectivas las sanciones a los
partidos, tanto por los recursos de inconformidad que interponían los partidos
como por la burocracia de la Tesorería, año con año se establece en el decreto
del PEF que los montos se canalizarían al ramo 38 y se dedicarían a actividades
sustantivas y proyectos científicos.
Sin
embargo, no se modificaron ni la ley de ciencia y tecnología ni el entonces
COFIPE. Hasta ahora, en la sesión del Senado de mayo del 2014, cuando se aprobó
la nueva LEGIPE, el Senador Juan Carlos Romero Hicks, en su intervención dijo
que: “Hoy lo que vamos a ubicar es la propuesta de que las multas
nacionales vayan al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y las multas
locales vayan a los consejos estatales de ciencia y tecnología, y en eso
agradezco al Senador Tello su apoyo”.
Entonces,
lo que ahora establece la ley es una división del monto de las sanciones a
partidos políticos, las cuales se canalizarían conforme el origen de esas
multas. Al parecer, la idea sería establecer un principio de distribución de
recursos entre el centro y las entidades federativas.
No
está mal la preocupación por un cierto principio federalista que debiera estar presente
en toda nuestra normatividad. Sin embargo, lo verdaderamente mejor sería que
los partidos políticos respetaran, sin más, la ley; aunque no hubiera multas ni
dinero. Claro, si no es el caso, como no lo es, tendríamos que contar con una
institucionalidad capaz de hacer efectiva la ley, para evitar lo que Sergio López
Ayllón llama “la ley del cinismo”.
(Publicado
en Campus Milenio No. 606. Mayo 7, 2015, p.5)
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