Alejandro Canales
UNAM-IISUE/PUEES
Twitter: @canalesa99
(Publicado en Campus Milenio No. 813.
Agosto 22, 2019. Pág. 5)
La Suprema
Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en su sesión del pasado 13 de agosto,
resolvió que no era válido el decreto del gobierno de Yucatán que declaraba a
esa entidad como zona libre de cultivos agrícolas con Organismos Genéticamente
Modificados (OGM). A la vez, determinó que conforme las leyes vigentes, a la
federación le corresponde la responsabilidad de regular en materia de bioseguridad
y distribuir las competencias en las entidades federativas.
La resolución viene
ahora, no fue nada sencilla y tiene especial importancia en la discusión actual
sobre una eventual ley general para el sector que deberá estar lista a más
tardar en 2020. También tiene implicaciones para dirimir las posiciones que
sostienen diversos actores relevantes en torno al uso o prohibición de los
transgénicos.
El asunto inició
con un decreto publicado por el gobierno de Yucatán en octubre de 2016, mediante
el cual declaró al estado como zona libre de cultivos agrícolas con OGM,
después de que comunidades mayas habían insistido desde cinco años antes. Los
argumentos que exhibió el gobierno estatal fueron básicamente que debía atender
el principio de precaución (adoptar medidas protectoras para evitar o disminuir
un daño moralmente inaceptable porque existen sospechas fundadas, a pesar de
que no haya pruebas científicas concluyentes).
La protección,
dijo el gobierno yucateco, era principalmente para la actividad apícola, por su
relevancia para la economía estatal y por la biodiversidad estatal y nacional.
Porque el sector apícola se había visto afectado por la autorización del
cultivo de soya transgénica en diversos polígonos de la entidad y representaban
“no solo un peligro para la comercialización orgánica de la miel sino también para el ecosistema de la
península” (Diario Oficial de Yucatán.
26.10.2016: 25).
Sin embargo, un mes después de
aquel decreto, Humberto Castillejos Cervantes, entonces consejero jurídico de
Enrique Peña Nieto, ingresó una controversia constitucional para solicitar la suspensión
e invalidez de esa decisión gubernamental. La argumentación indicaba que el
decreto no tenía fundamento legal y de llevarse a efecto el ejecutivo federal
estaría impedido de ejercer sus atribuciones en materia de bioseguridad. La
Corte negó la suspensión solicitada, pero quedó pendiente la resolución de
invalidez y esa fue la que emitió el pleno la semana pasada.
El contexto
actual y las circunstancias son muy diferentes. En primer lugar, el presidente
López Obrador lo dijo en el periodo de campaña y lo reiteró el primer día de su
gobierno en la enumeración de los cien compromisos: “No permitir el uso de
semillas transgénicas y proteger la diversidad de México” (compromiso número
74). Lo resumía como: no fracking, no transgénicos.
Un OGM es un organismo vivo (pero no un
ser humano) con una combinación genética novedosa, realizada a través de
técnicas de la biotecnología moderna. La Organización Mundial de la Salud lo
considera como un organismo cuyo DNA ha sido alterado. Así, determinados genes
seleccionados pueden ser transferidos de un organismo a otro e incluso a
especies no compatibles; de ahí se deriva la denominación de transgénicos.
Los debates sobre los beneficios y
peligros de los OGM han sido ríspidos y prolongados, al menos desde hace veinte
años. En el medio científico hay partidarios en ambos sentidos, sin que
predominen claramente los argumentos de uno u otro lado. El caso de las
especies endémicas, el maíz transgénico y la seguridad alimentaría es un
ejemplo. Pero no se trata solamente un asunto académico, están implicados temas
de interés comercial y político, por eso no parece razonable resolverlo sin
abrir un amplio debate.
En segundo
lugar --y ya lo hemos comentado en este Acelerador
de partículas—, en el equipo gubernamental actual, algunos miembros
sostienen o sostenían posiciones favorables a los transgénicos y otros estaban
en la posición contraria. En el primer caso estaban Alfonso Romo y Víctor
Villalobos, el primero jefe de la oficina de la presidencia de la República y
el segundo secretario de Agricultura y Desarrollo Rural; en el segundo caso
está el ejecutivo federal y la propia directora de Conacyt, Elena Álvarez
Buylla (Campus Milenio No. 759).
En tercer
lugar, el último día del mes pasado, más de un centenar de científicos le
entregó una carta al presidente López Obrador para solicitarle que debiera analizarse
el tema antes de legislar o emitir un decreto para prohibir los transgénicos
(El Financiero. 31.07.2019). Desde luego, también está la petición contraria
para urgirle la expedición de un decreto, encabezada por comunidades mayas.
Entonces, si como
dijo la Corte, la federación tendrá la regulación de la bioseguridad (control y
monitoreo de las actividades con OGM) y la distribución de competencias entre
las entidades federativas, es un tema ineludible para lo que será la próxima
Ley General de Ciencia y Tecnología. No se puede resolver unilateralmente o centralizando
como si fuera una ley federal; tampoco sin discutir a fondo el tema y las
diversas posiciones al respecto.
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